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Si eres jubilado mayor de 60 años o pensionista a partir de 55 años, y te gustaría asistir a la comida de Feria, que se celebrará el martes 22 de octubre a las 13.30 h. en el Recinto Multiusos, esta información te interesa.
Reparto de tickets:
En el CIM Montí
Del 14 al 17 de octubre
De 10.00 a 13.00 h.
Requisitos:
- Jubilados mayores de 60 años.
- Cónyuges de jubilados y pensionistas a partir de 55 años.
- Pensionistas a partir de 55 años.
Documentación necesaria:
- Llevar el DNI físico o el Carnet del CIM Montí.
- Llevar el SIP físico para menores de 60 años.
Inscripción de casales en el Registro Municipal
Tal y como recoge la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, aquellas peñas que decidan tener un local durante las fiestas municipales deben inscribir el casal en el Registro Municipal.Este trámite es obligatorio únicamente para aquellas peñas que inscriban su casal por primera vez o que hayan cambiado de ubicación. Los casales ya registrados no necesitan realizar ningún trámite adicional.
Procedimiento de inscripción
Para registrar un casal, es necesario presentar la solicitud, cumplimentada por una persona mayor de edad, junto con la documentación requerida.La solicitud puede presentarse de dos formas:
- Telemáticamente en la sede electrónica.
- Presencialmente en el servicio del SAT del Ayuntamiento presentando el modelo de solicitud.
Documentación que se debe presentar
1. Relación de usuarios/as del casal, con autorización paterna para los menores de edad. (La autorización se encuentra en el anexo del modelo de solicitud.2. Designación de un/a representante, que deberá ser mayor de edad.
3. Contrato de arrendamiento que permita el uso del local como casal o, en su defecto, autorización expresa de la propiedad. Si el solicitante es el propietario del local, deberá presentar una declaración responsable autorizando dicho uso.
4. Declaración responsable, que se encuentra en el modelo de solicitud, firmada por el solicitante, que acredite el cumplimiento de las condiciones de seguridad y salubridad del local para su uso temporal como casal durante las fiestas locales.
Los casales deberán cumplir con las siguientes medidas de seguridad obligatorias:
- El local no debe contener materiales altamente inflamables.
- Aforo máximo de una persona por metro cuadrado.
- Salidas de emergencia: Las puertas y salidas deben estar siempre libres de obstáculos.
- El local deberá reunir las condiciones mínimas de seguridad y salubridad. Como mínimo debe disponer de: estructura estable, aseo, agua potable, extintor revisado por empresa homologada; y electricidad propia con cuadro y mecanismos de protección eléctricos.
- Está prohibido el almacenamiento de alcohol en casales ocupados exclusivamente por menores de 18 años.
- Los menores de 18 años deben contar con autorización firmada por sus responsables legales.
- No se permite la venta ni distribución, gratuita o no, de alimentos, bebidas, tabaco o estupefacientes a menores.
- No se pueden almacenar objetos que representen riesgos, como colchones o productos inflamables.
- Se deben respetar las normativas de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana en cuanto a horarios, ruidos, limpieza, civismo, etc.
Inmuebles con antigüedad
En caso de que el inmueble tenga más de 50 años, se deberá adjuntar un certificado técnico que acredite su estabilidad junto con la declaración responsable.
Para más información o dudas, puedes dirigirte al Ayuntamiento o consultar los enlaces proporcionados.